INCORPORACIÓN DE JÓVENES AGRICULTORES.
Por fin, se ha publicado la ORDEN DRS/152/2016, de 15 de febrero, por la que se convocan
subvenciones en materia de modernización de las explotaciones agrarias y
de instalación de jóvenes agricultores, en el marco del Programa de
Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para el año 2016.
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BZHT&PIECE=BOLE&DOCR=7&SEC=FIRMA&RNG=10&SEPARADOR=&&PUBL-C=20160309
A continuación indico los gastos subvencionables, resaltando aquellos apartados que requieren PROYECTO o MEMORIA TÉCNICA para su concesión y en los que se requiere la actuación de un INGENIERO AGRÓNOMO ó un INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA:
1. De acuerdo con el artículo 7 de la orden de bases reguladoras,
tendrán la consideración de gastos subvencionables para la modernización
de explotaciones agrarias incluidas en planes de mejora los siguientes:
a) El equipamiento de tierras regables y la modernización o
mejora de sistemas de riego que cumplan las condiciones especificadas en
el artículo 46 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 17 de diciembre de
2013, así como en el Marco Nacional de Desarrollo Rural.
b) Los alojamientos ganaderos e instalaciones complementarias,
incluidos sistemas de alimentación mecanizada para vacuno de leche,
vacuno de carne (excluido el cebo de terneros), equino para la
producción de carne, ovino, caprino y cunícola. En
ganadería extensiva serán auxiliables las cisternas para el transporte
de agua para el ganado y remolques mezcladores (unifeed). Asimismo,
podrán subvencionarse inversiones para las explotaciones de apicultura.
c) Los invernaderos y otras instalaciones complementarias
destinadas a cultivos intensivos que se orienten a la producción de
flores, hortalizas, frutas y hongos comestibles.
d) Los costes de plantación de frondosas de crecimiento lento
micorrizadas con "tuber melanosporum", que incluirán la preparación
previa del terreno, la adquisición de planta, las medidas de protección y
vallado perimetral.
e) Las cámaras frigoríficas y equipos de clasificación y/o empaquetado o envasado para los productos de la propia explotación.
f) Las torres antiheladas, defensa antigranizo y otros sistemas de protección frente a adversidades climáticas.
g) Podrán ser subvencionados los honorarios de proyectos o
memorias visados asociados a inversiones auxiliables y honorarios
relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y
medioambiental, incluido los estudios de viabilidad.
h) Inversiones para cumplir normas de la Unión Europea aplicables
a la producción agraria y a la seguridad laboral, solamente para
jóvenes que se establezcan por primera vez en una explotación agraria,
siempre que se concedan durante un máximo de
veinticuatro meses desde el inicio del proceso de instalación, conforme
al artículo 17, apartado 5 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
i) Las inversiones necesarias para el traslado por interés
público, motivado por razones higiénico-sanitarias o ambientales, de
edificios e instalaciones ganaderas situadas en núcleos de población o
en suelo no urbanizable cuando se incumplan
distancias y así sea certificado por el ayuntamiento correspondiente o
cuando éste haya denegado la regularización jurídico-administrativa de
dichas instalaciones en su actual emplazamiento.
j) Los almacenes, con un tope máximo del 25 por 100 del resto de
inversiones auxiliables en capital inmobiliario. Este porcentaje máximo
será del 50 por 100 para los jóvenes agricultores que solicitan el plan
empresarial de instalación
simultáneo, o en los cinco años siguientes a su instalación.
www.proyectosteruel.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario